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Asignar a un beneficiario de tus ahorros en el Afore es bastante simple y hay cuatro momentos en los que puedes modificarlos o asignarlos
Las Administradoras de Fondos para el Retiro, mejor conocidas como Afores, se encargan de invertir, administrar y proteger el dinero que tu patrón, el gobierno y tú aportas a tu cuenta Individual durante tu vida laboral y que al momento de tu retiro se te devolverá el monto ahorrado en pensiones mensuales, pero en caso de fallecer se recomienda encarecidamente que dicho beneficio pueda pasar a manos de algún familiar o dependiente directo, pero este proceso no lo puedes hacer siempre que quieras acá te lo explicamos.
Al momento de comenzar una vida laboral adquieres como una de tus prestaciones la capacidad de generar un fondo de ahorro para el retiro, y de acuerdo a tu régimen de inscripción será la forma en que podrás disfrutar de tus fondos, pero expertos estiman que si lo que buscas es vivir cómodamente durante tu vejez y recibir al menos 15 mil pesos mensuales en tu cuenta individual necesitas tener un ahorro aproximado de 3.6 millones de pesos.
Independiente de la cantidad que tengas actualmente o el régimen sobre el cual te hayas inscrito, una de las principales asignaciones que debes realizar cuando comienzas a laborar es escoger a un beneficiario en caso de salir de este plano terrenal antes de tiempo.
En qué momento puedes asignar un beneficiario en el Afore
Asignar a un beneficiario de tus ahorros es bastante simple y hay cuatro momentos en los que puedes modificarlos o asignarlos:
- Cuando se registre por primera vez en una cuenta de Afore. En este caso, el interesado podrá acudir a su administradora seleccionada por su empleador o realizar su pre-solicitud a través del portal de internet: www.aforeweb.com.mx
- Cuando se cambie de administradora
- Cuando utilice la app Aforemóvil en la sección de “Mi perfil”
- Al momento de actualizar su expediente de identificación
¿Quiénes pueden ser beneficiarios de los ahorros?
De acuerdo con la Ley del Seguro Social, las personas que pueden seleccionar para que reclamen los recursos de toda su vida laboral son:
- Cónyuge (principal beneficiario)
- Concubina o concubinario
- Hijos menores de 16 años y hasta 25 años de edad cuando realicen estudios en planes del sistema educativo nacional
- Hijos mayores con alguna discapacidad
- Padres, siempre y cuando dependan económicamente del titular de la cuenta de ahorro para el retiro
Los beneficiarios podrán retirar los recursos que no se usen para el pago de la pensión o no tenga un fin específico, es decir, cuando el titular haya muerto. En caso de que no haya algún familiar especial o de parentesco, el trabajador podrá elegir a la persona que desee, en caso contrario, será la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje quien seleccionará a los ciudadanos que podrían acceder a este beneficio, por lo que es conveniente revisar de vez en cuando a quien le vas a heredar el esfuerzo de tu trabajo.
OA
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